análisis

El Presupuesto Máximo es un presupuesto adicional complementario a la prima definida como Unida de Pago por Capitación (UPC), que se calcula anualmente y busca cubrir aquellos servicios y tecnologías que aún no son financiados por la UPC por sus condiciones inciertas, alta variabilidad de precios o por ser servicios sociales complementarios ordenados por un juez, pero que no necesariamente deben ser cubiertos con recursos de salud. En este sentido, este presupuesto máximo financia hoy: algunos medicamentos para enfermedades huérfanas, los servicios sociales complementarios, la mayoría de los medicamentos nuevos, Alimentos Nutricionales Para Propósito Médico Especial (APME), algunos procedimientos, dispositivos y medicamentos utilizados para una indicación diferente a la aprobada por la agencia reguladora.

El presupuesto máximo se fundamenta en el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019, el cual modificó la forma como se administran y gestionan los servicios y tecnologías de salud no financiados con recursos de la UPC que antes eran recobrados a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). El presupuesto máximo se empezó a implementar en el mes de marzo del año 2020. Desde entonces, la ADRES Inicio el giro mensual de los recursos del presupuesto máximo a cada una de las EPS, conforme al reconocimiento que define el Ministerio de Salud y Protección Social en aplicación de la metodología de cálculo que dicha entidad establezca para los efectos El giro Inicial del presupuesto máximo de la vigencia 2020 asciende a 3.9 billones de pesos, hacia la vigencia 2021 se ubica en 5 billones de pesos y en la vigencia 2022, a la fecha no efectuado el giro total de reconocimiento, se encuentra en 2.2 billones de pesos y para la vigencia 2023 el giro se ubica en 2.3 billones de pesos.

Frente al comportamiento de las asignaciones en cada vigencia, se debe señalar que en la vigencia 2022, como resultado de la actualización de los servicios y tecnologías en salud financiados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) dos terceras partes del gasto de los servicios y tecnologías financiados con el presupuesto máximo en 2021 migro a la financiación con la UPC en 2022. Dejando financiado por vía presupuesto máximo sólo aquellas tecnologías donde por sus características no fuera posible migrarlas a UPC bien sea por motivos de incertidumbre sobre su impacto una vez financiado con la UPC o porque por la misma legislación no se permita su financiación plena a través de los recursos de la salud.

 

Nota #1

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Nota #2

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